Ley inconstitucional
LA MINERÍA MATA, ENVENENA Y DESTRUYE!!!!
Las autoridades y representan- tes de los pueblos maya y xinca presentaron acción de inconstitucionalidad general total de la Ley de Minería el 12 de marzo del 2012, solicitándole a los magistrados de la Corte de Constitucionalidad que sea declarada inconstitucional y en consecuencia nula de pleno derecho.
La Ley de Minería es inconstitucional porque durante su elaboración, el Congreso no respetó el derecho de consulta de los pueblos indígenas. Tampoco en su texto garantizó su ejercicio, referido a medidas administrativas —como el otorgamiento de licencias— que impacten sus territorios y recursos naturales.
El estado constitucional de Derecho exige que los poderes públicos se subordinen a la Constitución Política, no solo en lo relativo a las formas, sino también en los contenidos.
Lo que se ha traducido en cambios en las condiciones de validez de las leyes, dependientes ya no solo de la forma de su producción legislativa, sino también de la coherencia de sus contenidos con los principios, valores y normas constitucionales, incluyendo declaraciones y convenios internacionales de derechos humanos ratificados por los Estados.
Es posible que una ley ordinaria formalmente válida, y por consiguiente vigente, sea sustancialmente inválida por el contraste de su significado con principios y normas constitucionales.
El Estado de Guatemala, a través del Ministerio de Energía y Minas, desde 1997 ha autorizado 107 licencias de exploración y cinco de explotación minera de metales, sin consulta previa libre e informada a los pueblos indígenas. Violentando sistemáticamente sus derechos colectivos como: identidad cultural, participación en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional, propiedad colectiva de la tierra, consentimiento previo, libre e informado, derecho al agua y vivir en un ambiente sano.
Ante la violación sistemática y estructural de los derechos de los pueblos indígenas por la institucionalidad del Estado, al no respetar ni garantizar el derecho de consulta, la Corte de Constitucionalidad tiene la oportunidad de alinear la legislación ordinaria a la luz de los convenios internacionales de derechos humanos, ratificados por el Estado, declarando la inconstitucionalidad general y total de la Ley de Minería y en consecuencia nula de pleno derecho.
Estoy convencido de que podamos vivir en un auténtico estado de Derecho donde sean respetados y garantizados nuestros derechos fundamentales.